¿Seguro de vida o seguro de accidentes? No es lo mismo

 

Se puede pensar que un seguro de vida y un seguro de accidentes cubren prácticamente lo mismo, pero no es así; en algunas coberturas sí coinciden, pero en otras no.

En primer lugar, diferenciaríamos las invalideces o incapacidades: parciales, totales y absolutas (todas ellas permanentes). La invalidez absoluta es aquella que inhabilita por completo al trabajador para la realización de toda profesión u oficio. La invalidez total es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta. Y la invalidez parcial es la que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento de su profesión habitual sin impedirle la realización de las tareas fundamentales.

En este caso, las invalideces parciales sólo las cubren los seguros de accidentes (primera diferencia); para cada contingencia sufrida existe un baremo (distinto en cada compañía de seguros) con un % asociado a cada tipo de contingencia; la indemnización a percibir resulta de aplicar ese porcentaje al capital contratado en la póliza por la cobertura de invalidez. Por ejemplo, para una póliza de accidentes en la que se ha contratado un capital de 100.000€ para las coberturas de fallecimiento y de invalidez, si el asegurado sufre un accidente de tráfico y le amputan una pierna se le reconocería una invalidez parcial y según el baremo (40%), la indemnización a percibir sería de: 40.000€.

Ya que hablamos del fallecimiento, esta garantía, así como la de invalidez, en el caso del seguro de vida estaríamos cubiertos por cualquier causa (enfermedad, infarto, causas naturales, suicidio (transcurrido un año), etc) además de por accidente; sin embargo, el seguro de accidentes, como su propio nombre indica sólo nos garantiza las coberturas en caso de que se produzca un accidente.

Éstas serían las garantías principales o básicas en los seguros de vida y accidentes; en ambos se pueden ampliar según las necesidades o situaciones personales y familiares de cada persona a asegurar. Por ejemplo, se pueden incluir coberturas que indemnicen al asegurado en caso de sufrir una hospitalización por accidente, o por una intervención quirúrgica en la cual, la compañía nos indemnizaría con una cantidad que variará según los días de hospitalización así como la cifra escogida para cada día de hospitalización.

Igualmente, se puede incluir (según compañías) que nos cubran todos los gastos sanitarios (hospitalización, curación, asistencia clínica, traslado urgente) en el supuesto de sufrir un accidente hasta que el asegurado se restablezca totalmente o se le fije el grado de invalidez si fuere el caso.

Lo ideal es de disponer de los dos productos: seguro de vida y seguro de accidentes, con el fin de tener una cobertura completa, teniendo en cuenta nuestra situación familiar (hijos) o laboral (riesgo a sufrir una invalidez). Se puede pensar que no se puede tener todo por lo caro que puede resultar “tener tantos seguros”, pero por pedir presupuesto e informarnos no se pierde nada y quizás sea grata la sorpresa de que estar tranquilos y seguros es más barato de lo que pensábamos; aquí se puede solicitar más información y salir de dudas.

Sobre el autor

josealbertocuesta

Somos una Correduría de Seguros que opera en todo el territorio nacional. Nos encargamos de ofrecer seguros de calidad a través de mediación, la manera más personal de atención desde el sector. La mediación entre el cliente y la compañía es nuestra labor; no sólo buscar el mejor producto con el mejor precio, así como captar la necesidad del asegurado, sino defender y reclamar sus derechos ante la compañía aseguradora y que se sienta respaldado por personas físicas con la adecuada formación.

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